Problemáticacontable de los Fondos de Inversión. Por Ángel Luís Martínez Sánchez. 18/02/2014. El tratamiento contable de los Fondos de Inversión como tales no existe en nuestro Plan General contable, es decir, no existe un trato diferenciado en cuanto a valoración o número de cuentas distinto al resto de los activos financieros, lo
Re Contabilizar ingresos - cobros mediante TPV. por Petrus » Jue, 18 Ago 2016, 10:56. Se podría instrumentar así : Al generar la venta, por el valor nominal de la misma: Debe: 430x-Clientes pendientes cobro via tarjeta crédito ( cta. auxiliar exprofeso para estos casos) Haber: 705-Prestacion de servicios. 477-IVA repercutido.
Todoesto es informativo. Finalmente lo que "realmente" es la factura son la comisión que les pasan y el IVA. Dado que es una comisión que forma parte del contrato yo lo contabilizaría como una prestación de servicios. El asiento sería: 330,03 (572) Bancos a (705) Prestaciones de servicios 330,03. A (477) Iva Repercutido 50,34.
Lascomisiones las puedes llevar a la cuenta 623. Te sugiero utilices cuentas 552 a 554 cuenta corriente con otras empresas. Ejemplo. Vendes por 121 Iva incluido. Comisión de 15 más 3.15 de iva. En la librería en la que trabajo nos hemos dado de alta en varias plataformas de venta (como Fnac). Para controlar las ventas he creado una cuenta
Ejemploreal de como contabilizar la venta de un inmovilizado Una empresa vende una furgoneta que tenía en propiedad por 7.000€ más IVA (21%) después de 3 años de su adquisición, dónde el valor de compra fue 13.000€ y la amortización acumulada hasta la fecha ha sido de 4.000€, veamos como queda el asiento contable.
Enprimer lugar debemos contabilizar la venta en la cuenta del cliente con el que hayamos concertado la operación y seguidamente contabilizaremos que posteriormente nuestro cliente nos liquida por caja. Asiento contable. Debe Haber; 12.100 (430) Clientes: a (700) Venta de mercaderías: 10.000 (477) H.P. IVA Repercutido : 2.100: 12.100
O como digo, contabilizar las facturas de venta y la del gasto por la comisión previa y separadamente de cara a emplear en el asiento correspondiente a la liquidación el saldo de las cuentas (430) y (410). N. B.: Las partidas relativas a impuestos están supeditadas a que hayan sido convenientemente repercutidas en las preceptivas UDgcYB.
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